Las empresas constituidas bajo la denominación jurídica E. I. R. L. deben realizar cada periodo (cada año) una reserva legal del 10% de la utilidad después de impuestos, teniendo en cuenta algunos parámetros que a continuación se detallan:
1.- Se encuentran obligadas a realizar reserva legal, si la utilidad del periodo supera el 7% del capital vigente.
2.- Realizarán reserva legal hasta que esta alcance la quinta parte de su capital.
A continuación se muestran 2 ejemplos:
1 Cuando No Corresponde
2 Cuando Corresponde
Esperamos una vez más que esta plantilla les pueda servir de ayuda en el quehacer diario contable y lo puedan compartir (ayúdanos a denunciar las copias que hacen de nuestras plantillas, adjudicándose su autoría).
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